¿Qué es una Factura?
- Goncalves Goncalves & Asociados
- 12 ene 2024
- 4 Min. de lectura
Una factura es un documento de carácter legal y mercantil que indica una compra-venta de un bien o servicio donde incluye toda la información de la operación realizada.
La factura otorga derechos al comprador e implica una serie de obligaciones y responsabilidades para el vendedor.

Medios de emisión de facturas
Existen tres formas para la emisión general de facturas y otros documentos fiscales previstos en la Providencia Administrativa SNAT/2011/0071 dictadas por el SENIAT:
1. Formatos elaborados por imprentas autorizadas por el SENIAT.
2. Formas Libres elaborados por imprentas autorizadas por el SENIAT.
3. Máquinas Fiscales.
En el caso de los Formatos y Formas Libres, estas deben ser elaboradas por Imprentas Autorizadas y contener el Número de Control desde dicha imprenta.
En el artículo 76 del Reglamento de IVA se encuentran los requisitos que deben ser registrados en el Libro de Ventas cuando el contribuyente emite facturas y otros documentos por medio de formatos y formas libres. Allí se exige un registro de forma individual, de cada documento emitido por estos medios.
Por otra parte, las facturas emitidas por Máquinas Fiscales, tienen como objetivo: el control y la información relativa de la operación (nombre del cliente, IVA, fecha, entre otros datos); los mismos, están contenidos en la Memoria Fiscal y Memoria de Auditoría que forman parte de manera obligatoria en dichas máquinas.
Una factura como mínimo debe contener:
1. La denominación de "factura".
2. El número de Factura la cual debe ser correlativa.
3. Los datos del emisor y los datos del receptor.
4. La descripción del bien.
5. El monto o base imponible.
6. El cálculo del impuesto al valor agregado.
7. El total neto.

Normas Generales de Emisión de facturas Providencia 0071 GO 39.795 (08-11-2011)
Artículo 13 - Las facturas emitidas sobre formatos o formas libres, por los contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado, deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Contener la denominación de "Factura".
2. Numeración consecutiva y única.
3. Número de Control pre-impreso.
4. Total de los Números de Control asignados, expresado de la siguiente manera: "desde el N°. hasta el N°."
5. Nombre y Apellido o razón social, domicilio fiscal y número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) del emisor.
6. Fecha de emisión constituida por ocho (8) dígitos.
7. Nombre y Apellido o razón social y número de Registro Único de Información Fiscal (RIF), del adquirente del bien o receptor del servicio.
8. Descripción de la venta del bien o de la prestación del servicio, con indicación de la cantidad y monto.
Si se trata de un bien o servicio exento, exonerado o no gravado con el impuesto al valor agregado, deberá aparecer al lado de la descripción o de su precio, el carácter E separado por un espacio en blanco y entre paréntesis según el siguiente formato: (E).
9. Especificación del monto total de la base imponible del impuesto al valor agregado, discriminada según la alícuota, indicando el porcentaje aplicable, así como la especificación del monto total exento o exonerado.
10. Especificación del monto total del impuesto al valor agregado, discriminado según la alícuota indicando el porcentaje aplicable.
11. Indicación del valor total de la venta de los bienes o de la prestación del servicio o de la suma de ambos, si corresponde.
12. Contener la frase "sin derecho a crédito fiscal", cuando se trate de las copias de las facturas.
13. En los casos de operaciones gravadas con el impuesto al valor agregado, cuya contraprestación haya sido expresada en moneda extranjera, equivalente a la cantidad correspondiente en moneda nacional, deberán constar ambas cantidades en la factura, con indicación del monto total y del tipo de cambio aplicable.
14. Razón social y el número de Registro Único de Información Fiscal (RIF), de la imprenta autorizada, así como la nomenclatura y fecha de la Providencia Administrativa de autorización.
15. Fecha de elaboración por la imprenta autorizada, constituida por ocho (8) dígitos.
16. Según la Gaceta Oficial N° 42.339 de fecha 17/03/2022, "la factura tendrá un recargo del 3% de IGTF en caso de ser pagada en otra moneda distinta a la de curso legal." En caso de ser así, debe aparecer reflejada como un ítem en la factura final.
Artículo 14 - Las facturas emitidas mediante Máquinas Fiscales, por los contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado, deben contener la siguiente información:
1. La denominación "Factura".
2. Nombre y Apellido o razón social, número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) y domicilio fiscal del emisor.
3. Número consecutivo y único.
4. La hora y fecha de emisión.
5. Descripción, cantidad y monto del bien o servicio.
Si se trata de productos o servicios exentos o exonerados o no sujetos del impuesto al valor agregado, debe aparecer junto con de la descripción de los mismos o de su precio, el carácter (E) separado por un espacio en blanco y entre paréntesis según el siguiente formato: (E)
6. Especificación del monto total del impuesto al valor agregado, discriminado según la alícuota indicando el porcentaje aplicable.
7. Indicación del valor total de la venta de los bienes o de la prestación del servicio o de la suma de ambos, si corresponde, precedido de la palabra "TOTAL" y, al menos, un espacio en blanco.
8. Logotipo Fiscal seguido del Número de Registro de la Máquina Fiscal, los cuales deben aparecer en ese orden al final de la factura, en una misma línea, con al menos tres (3) espacios de separación.
9. Según la Gaceta Oficial N° 42.339 de fecha 17/03/2022, "la factura tendrá un recargo del 3% de IGTF en caso de ser pagada en otra moneda distinta a la de curso legal." En caso de ser así, debe aparecer reflejada como un ítem en la factura final.
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