¿Cómo te protege la ley si no puedes pagar tus impuestos por hechos fortuitos o de fuerza mayor como un terremoto?
- Goncalves Goncalves & Asociados

- hace 2 horas
- 1 min de lectura
¿Qué significa la “Fuerza Mayor” en el mundo de los impuestos?
Significa que la ley reconoce el principio de que nadie está obligado a cumplir si ocurre un hecho o evento inevitable (como lo fue el terremoto); el Código Orgánico Tributario (Art. 85, #3) y el Código Civil te protegen.
Debes redactar una declaración jurada, entregarla al SENIAT, pero no vas a recibir ninguna sanción por haber declarado fuera de fecha.

Si ocurre una catástrofe, ¿automáticamente no debo pagar impuestos?
Es importante entender que, la fuerza mayor te perdona la culpa del retraso (te evita las multas y sanciones) en este caso por el terremoto; pero, no elimina tu deuda principal (impuestos) con el Estado. Es decir, de igual forma lo tendrás que realizar a medida que puedas ó en un plazo establecido.
Si demuestro la falla, ¿me perdonan las multas de todo el mes o del año?
En este caso, no. La Administración Tributaria debe revisar todos los casos presentados y solo aplicará únicamente en sobre los períodos específicos donde ocurrió este suceso.




Comentarios